Comunicado Isla Santo Domingo debe seguir siendo zona de protección integral dentro del Parque Nacional San Esteban

Prensa OEP

Imagen Valencia Informa

El Parque Nacional San Esteban fue creado en 1987 con 44500 mil hectáreas y protege los espacios naturales y culturales más importantes del estado Carabobo y del mar e islas adyacentes.  Su cuido y administración es responsabilidad fundamental e indelegable del Instituto Nacional de Parques (Inparques) instituto autónomo adscrito al Ministerio de Ecosocialismo, quien lo debe ejercer a nombre de todos los venezolanos.

Es un parque nacional único en Venezuela ya que protege desde las selvas nubladas de las cumbres de la cordillera de La Costa en Borburata y Vigirima, hasta las profundidades del mar frente a la costa de Puerto Cabello, incluyendo a varios islotes de origen coralino. Entre ellos Isla Larga e Isla Santo Domingo.

Las islas del parque nacional no se encuentran dentro del estado Carabobo, sino que son jurisdicción político-territorial del Territorio Federal Insular Francisco de Miranda, que ahora comprenden las que antiguamente se llamaban Dependencias Federales, y son administradas por Inparques, con una tutela de la Fuerza Armada por ser además Zona de Seguridad y Defensa. Isla Santo Domingo es simultáneamente Parque Nacional y Zona de Seguridad y Defensa.

El instrumento fundamental para la protección del parque nacional es el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU), el cual fue aprobado en 1996 después de una amplia e intensa consulta pública. Los PORU solo pueden ser aprobados sí y solo sí, son sometidos a una amplia y abierta consulta pública tal como lo establece el Reglamento General de Parques Nacionales de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (Decreto 276). De lo contrario, son nulos y anulables.

Dentro de cada PORU se establece una Zonificación, que no es otra cosa que una sectorización que indica que usos y actividades se pueden dar en cada sector, y cuáles no, identificando cada uso y actividad en tres categorías: permitida, restringida y prohibida.

La categoría de Zona más restrictiva de los parques nacionales se llama Zona de Protección Integral y se les aplica a aquellos sectores que ameritan la más alta protección por la vulnerabilidad de su patrimonio natural o cultural, y en tal zona no puede haber uso público, es decir, está prohibido el ingreso de personas salvo que sea con fines de investigación científica o de guardería ambiental.

Isla Santo Domingo está actualmente zonificada como Zona de Protección Integral, atendiendo a su doble condición de sitio muy frágil desde el punto de vista ecológico y a que es parte de la zona de seguridad necesaria para la base naval Agustín Armario de la Fuerza Armada ya que desde allí se puede controlar el acceso y salida a la rada (bahía) de Puerto Cabello.

El pequeño tamaño de la Isla Santo Domingo, de unas 15 hectáreas, le añade fragilidad ecológica a la misma, dado que cuenta con un arrecife coralino importante – frente a la ciudad de Puerto Cabello- el cual es garantía de las abundantes pesquerías de la zona y además es un sitio de alimentación, reproducción y/o residencia de un conjunto importante de aves migratorias y residentes, de vegetación costera característica tal como diferentes especies de manglar y también es un sitio comprobado de alimentación y anidación de tortugas marinas.

En noviembre 2018, Inparques decidió revisar el PORU, para lo cual se debió seguir el mismo procedimiento que se realizó para su aprobación original. En tal sentido, Inparques debe informarle a la población cuales son todos y cada uno de los cambios que propone en el PORU y específicamente en la Zonificación, y tal propuesta debe ser sometida a una amplia, abierta e inclusiva Consulta Pública. En este proceso de consulta Inparques informó claramente que Isla Santo Domingo quedaría zonificada como Zona de Protección Integral.

La Consulta pública se llevó a cabo en el transcurso del año 2018 y se cerró el mes de Noviembre del año 2018 (Aquí se puede revisar el documento que fue consultado públicamente, y el mapa de zonificación). Una vez cerrada esta consulta Inparques debe proponer un PORU definitivo al Ministro de Ecosocialismo, basado en esa consulta, para que este lo lleve a consideración del presidente de la República en Consejo de Ministros, quien decidirá si es aceptado o no.

Inparques actualmente tiene sobre la mesa un proyecto distinto de PORU con una zonificación distinta a la que se llevó a consulta pública, en la que la Isla Santo Domingo pasaría a tener una Zona de Recreación en una porción de playa, una Zona de Ambiente Natural Manejado y una Zona de Servicio, aunque la mayor parte de la isla seguiría siendo Zona de Protección Integral.

Esta nueva zonificación, permitiría que en una isla tan pequeña haya uso público, y eso de por sí ya cambia todas las condiciones ecológicas, ya que dicho uso va a proyectar su huella sobre todo el islote y muy especialmente en la franja de playa. La fragilidad de la isla exige que toda ella tenga una zonificación que no permita el uso público.

Esa nueva zonificación para Isla Santo Domingo jamás fue llevada a consulta pública, y su propuesta ante el ministro carece de todo fundamento técnico y carece de legalidad e ilegitimidad ya que no fue sometida a consulta pública.

De materializarse esta nueva zonificación se estaría incurriendo en un fraude a la Ley y a la voluntad popular, por cuanto se trataría de un engaño, el abrir una consulta pública para luego decidir algo que no fue objeto de la consulta pública. Esto acarrearía responsabilidad administrativa judicial a los funcionarios de Inparques que participarían en tal fraude, así como al propio Ministerio de Ecosocialismo de ser llevada tal propuesta al Consejo de Ministros.

En tal sentido, Inparques debe hacer un llamado a la ciudadanía y convocar a una Consulta pública donde explique con datos científicos el por qué redundaría en una mejora para el parque nacional la propuesta de cambio de zonificación que ahora pretende. Debe explicar y garantizar que este cambio de zonificación no va a perjudicar a la fauna, y cuál es el alcance del impacto ambiental de este uso recreativo y turístico que se pretende impulsar. Esta propuesta debe hacerse en los mismos términos logísticos y operativos en que se hizo la consulta pública en el año 2018, y además debe venir sustentada con un informe escrito avalado por técnicos y científicos.

Es evidente que existe una necesidad social por sitios de esparcimiento, pero esta necesidad debe equilibrarse con la necesidad igualmente social por cuidar la biodiversidad. En este sentido, la mejor de las islas para ofrecer servicios de recreación con buena calidad natural y ecológica, es Isla Larga. Esta isla tiene la mayor capacidad de carga, o capacidad de recibir usuarios para la recreación, sin dañar la calidad ecológica y ambiental de sus frágiles ambientes.

El deber ser indica que Inparques, con apoyo de otras instituciones, debe abocarse a rescatar Isla Larga y ofrecerla como mejor opción para la recreación y el turismo, y dejar las otras islas en situación de Protección Integral, para que el parque nacional pueda rendir sus beneficios y servicios sociales ambientales.

Se hace un llamado a Inparques para que cese en su plan de cambiar la zonificación para desmejorar el parque nacional, y que se centre en rescatar las áreas degradadas y hacer de Isla Larga el destino recreacional de mejor calidad ambiental que puede ofrecer Puerto Cabello.

En Caracas, el 28 de Julio de 2019

 

COMUNICADO PREPARADO POR:

Prof. Edgard Yerena O., Departamento de Estudios Ambientales, Universidad Simón Bolívar; Punto Focal del Comité Venezolano de Áreas Protegidas/UICN

Prof. Hedelvy J. Guada, Instituto de Zoología y Ecología Tropical, Facultad de Ciencias, Universidad Central de Venezuela

Lic. Biól., Esmeralda Mujica, Investigador Independiente

Lic. Biól., Dive Master, Julia Álvarez-Barco

PERSONAS E INSTITUCIONES QUE RESPALDAN EL DOCUMENTO

Sindicato Unitario de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Parques, SUNEP-INPARQUES

Frente Autónomo para la Defensa del Empleo, el Salario y el Sindicato, FADESS

Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela, FAPUV

Jorge Padrón, Asociación Civil Chunikai

Jesús Torrealba y Asociación Civil Radar de Los Barrios

Plataforma contra el Arco Minero

Observatorio de Ecología Política de Venezuela

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OEP Venezuela

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