Trabajadores de INPARQUES denuncian salarios de hambre y amenazas patronales, en medio de pandemia de COVID-19

Por: Erick Camargo (Corresponsal OEP)

Para Observatorio de Ecología Política de Venezuela

SUNEP-INPARQUES, el sindicato de los trabajadores de INPARQUES, se pronunció esta semana al respecto de la precarización de sus trabajadores, agravada por la actual cuarentena producto de la pandemia de COVID-19. Los trabajadores reclaman estar sometidos a un “salario de hambre”, que con el retroactivo no alcanza para comprar un cartón de huevos y medio quilo de queso, señalaron vía twitter.

 

Señalan además que varios guarda parques nuevos no han recibido la bolsa de comida, prometida por las autoridades para paliar la precariedad del sueldo, mientras reciben amenazas de despido si no llegan a tiempo a sus puestos de trabajo, en medio de la escases de gasolina, ausencia de transporte público y cuarentena social.

Así mismo el día 17 de mayo decidieron lanzar al público un comunicado denunciando la terrible situación que están viviendo. En este comunicado denuncian los llamados realizados por los jefes de la institución a sus trabajadores, para que estos asistan a sus puestos de trabajo pese a la existencia del decreto de cuarentena. Anuncian que los obreros del Parque Miranda, mejor conocido como Parque del Este están trabajando sin ningún tipo de protección para la COVID-19.

Texto del comunicado

COMUNICADO 17/05/20

SUNEP-INPARQUES condena que jefes de INPARQUES estén exponiendo a OBREROS DEL PARQUE DEL ESTE que han estado realizando reparaciones en el parque  sin la utilización de tapabocas ni guantes, los cuales son de uso obligatorio para prevenir el CORONAVIRUS.

El Estado-patrón está en la obligación de suministrarles a los trabajadores los equipos de bio-seguridad de manera oportuna.

SUNEP-INPARQUES rechaza y condena las amenazas y presiones que están recibiendo los trabajadores, muy especialmente los  guardaparques, a quienes, debido al escaso transporte público que está prestando servicio por las fallas en el suministro de gasolina, aunado a la falta de dinero en efectivo, cada día se les dificulta más llegar a sus puestos de trabajo.

No es con amenazas ni con represión con lo que se solventa esta difícil situación. Los trabajadores demandan soluciones: equipos de bio-segurudad, transporte y salario suficiente.

Los jefes de INPARQUES deben facilitar el traslado de los trabajadores a sus puestos de trabajo y el retorno a sus hogares, dado que es un situación compleja y excepcional la que están padeciendo todos los venezolanos

Actualmente, los venezolanos enfrentan una muy difícil situación, no solo por la PANDEMIA del Coronavirus, sino porque el ingreso mensual del trabajador no le permite acceder a la canasta básica; aunado a esto están colapsados los servicios públicos, agua, luz, gas, sevicio telefónico, el transporte público también está colapsado por la falla de gasolina.

En esta dramática situación hay que destacar, además, la falta de dinero en efectivo, razón por la cual no se explican las amenazas de los jefes de INPARQUES de descontar el mermado salario a los trabajadores que no pueden llegar a sus puestos de trabajo, dado que el trabajador está prácticamente subsidiando al patrón Estado.

Ante las amenazas de descuento en el salario, le recordamos a los jefes de INPARQUES y a los trabajadores lo siguiente:

INPARQUES no puede efectuar ninguna retención o deducción del salario de los trabajadores sin una orden judicial, ya que el salario es inembargable. Por lo tanto, INPARQUES está obligado a efectuar oportunamente solo los descuentos que se ajusten conforme a la ley. El patrón que incumpla lo anterior, será responsable de los perjuicios que dicho incumplimiento genere al trabajador.  La Ley Orgánica del Trabajo describe muy bien cuáles son los descuentos y retenciones autorizadas, INPARQUES no puede ni debe descontar ni un céntimo del salario de un trabajador si no existe una orden judicial de un tribunal,  y sin que haya una orden suscrita por el trabajador. Modificar arbitrariamente las condiciones previstas en la legislación venezolana en cuanto al descuento del salario de un trabajador, pudiera   generar responsabilidades a quienes lo ejecutan.

INPARQUES, de manera unilateral y sin  autorización del trabajador, no puede descontar o reducir el salario del trabajador y si lo hace, es una forma clara y abierta de “lesionar los derechos y garantías constitucionales” que tienen todos los trabajadores y trabajadoras del instituto “sobre el salario íntegro”; hacerlo, constituye un acto inconstitucional por transgredir en forma abierta “los principios de intangibilidad, progresividad, irrenunciabilidad” de los derechos y garantías de los trabajadores y trabajadoras del instituto, establecidos en los numerales 1, 2 y 3  del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por lo tanto, con ese fundamento, SUNEP-INPARQUES reitera que el patrón no puede deducir ni retener suma alguna del salario del trabajador, sin una orden suscrita por él o sin una orden judicial de un tribunal.

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Erick Camargo

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