La mayor conciencia hacia nuestra propia animalidad y a los derechos que tienen el resto de las especies animales, ha abierto nuevos debates, más allá de la dignidad de estos. Muy cerca de los orígenes de la civilización y la llamada revolución neolítica, ya los seres humanos habían empezado el proceso de domesticación de otros animales, tales como caballos, perros, gatos, cabras; entre otros. Estas domesticaciones serían claves y parte de la construcción del proceso civilizatorio del neolítico, junto con el desarrollo de la agricultura.
Nuestra relación con los animales ha evolucionado a la par del desarrollo de las civilizaciones. En los últimos siglos, pasaron de ser seres con los que convivíamos a ser considerados meramente bienes, objetos y, con la llegada del liberalismo, incluso propiedades. Esto último es verificable al constatar que en el argot popular se suele decir que quien tiene una mascota es “dueño” de la misma, o con el propio mercado que existe de cachorros y animales.
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Esto está cambiando poco a poco, conforme hemos ido conociendo y entendiendo que los animales son seres sintientes, que tienen determinados niveles de inteligencia y conciencia; que nos hacen replantarnos esa relación que hemos desarrollado en la modernidad. Si bien no siempre esta relación con los animales ha cambiado, pues muchos han tratado a sus mascotas como compañeros, amigos, no como objetos o bienes; pero otros sí han asimilado esa visión y hasta ven su relación con el resto de animales únicamente como una relación económica de explotación.
La lucha por el reconocimiento de los derechos de la naturaleza ha tenido su hito inicial con el reconocimiento de la sintiencia de los animales y, por lo tanto, de una serie de normativa, ya extendida en varios países, en los que se castiga el sufrimiento y maltrato de los animales. Esta búsqueda por el bienestar animal, traducida en leyes, traspasa el ámbito de los animales domésticos o mascotas, e incluye también a los de cría agropecuaria y a la fauna silvestre.
La Unión Europea es reconocida por tener un estricto marco legal sobre como deben realizarse los sacrificios en los mataderos, totalmente indoloros y lo más plácidamente posible al animal. También tienen regulación sobre el bienestar de los animales durante su vida en las granjas o centros de producción; así como el transporte al sitio de sacrificio. Aunque en el mercado, suele desvirtuarse esto, cuando permiten la importación de productos de obtención animal, producidos en sitios donde no hay normativas y se sabe que se provoca sufrimiento en el transporte y sacrificio de estos.
En Venezuela, pese a su robusta legislación ambiental; los avances en materia de reconocimiento de la sintiencia y la subjetividad animal son escasos. Si bien se castiga el maltrato sobre animales, especialmente de mascotas; no existe legislación sobre el bienestar animal en general y mucho menos sobre los destinados a las actividades agropecuarias y las económicas en general. Aun el Código Civil sigue expresándose de los animales de ganadería como bienes semovientes. Jurídicamente, los animales en Venezuela siguen siendo objeto de propiedad y bienes, como hace doscientos años las personas por sus rasgos físicos podrían haber sido también clasificadas de la misma forma. Y así, como antes, se discutía sobre si algunas personas eran o no bienes, y había no pocos defensores de esta idea; hoy en día continúan quienes defienden lo establecido en estas leyes.
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Incluso, el hablar del tema es a veces tabú cuando se toca con la “gente de campo”, al carecerse de programas formativos y educativos al respecto. Personalmente, me ha tocado discutir con posturas bastante testarudas de ganaderos o estudiosos de la economía agrícola, que consideran todo esto supercherías. Siempre se pone adelante el rendimiento económico antes que el bienestar o el sufrimiento que podamos causarle a seres que sienten, que recuerdan, que sufren y que tienen conciencia de su existencia.
El caso de las mascotas es más aceptado, pues la mayoría tenemos animales de compañía y comprendemos la complejidad de su cerebro, emociones y formamos vínculos emocionales y afectivos muy profundos con estas. De allí que el debate no sea tan fuerte, aunque se sigue observando muchos casos de maltrato, que solamente son castigados cuando se hacen muy virales. No hay una política de Estado enfocada en la protección, en la formación y la garantía de la salud, vacunación y control de la reproducción de los animales de compañía. Aunque no se puede negar que a nivel municipal sí se han dado iniciativas, y por parte de organizaciones sociales y animalistas; pero debe procurarse la construcción de un marco normativo y articulador, así como el desarrollo de una política coherente a nivel nacional.
En ese caso, apenas nos estaríamos poniendo al corriente de los avances en el derecho de los animales; rama principal de eso más amplio que conocemos como derechos de la naturaleza. Pero más allá de castigar las conductas humanas inmorales o poco éticas hacia los animales; la discusión actual y los desarrollos en materia de derechos apuntan a otorgar la subjetividad a los animales no humanos. Si son seres vivos sintientes, igual que nosotros, ¿Por qué no pueden ser sujetos amplios de derechos?
De cierta forma, el reconocer su derecho al bienestar ya es reconocer su subjetividad; aunque en la mayoría de los casos es limitada a solo el maltrato físico y en otros casos psicológicos de estos. En estos países incluso ya no se habla de dueños de mascotas, sino que se usa la figura legal de la tutela, entiendo que los animales son sujetos de derechos, pero que no tienen la misma capacidad cognitiva y de autorrepresentación legal que la especie humana. Esta figura es esencial, pues desarticula una de las principales objeciones que se suelen esgrimir contra la subjetividad de la naturaleza en el derecho, que es su incapacidad para representarse por sí misma ante las estructuras e instituciones jurídicas creadas por las sociedades.
Actualmente, se desarrollan nuevas perspectivas desde lo jurídico para ampliar y proteger de mejor forma a los animales de compañía. En la próxima entrega ampliaremos un poco más sobre esto.