Emiliano Teran Mantovani
Más allá de solo un cambio normativo, la reforma del 29/01/2026 a la emblemática Ley de Hidrocarburos de Hugo Chávez de 2001, –que ya había sido reformada en 2006 para acentuar el control y participación estatal en la actividad y ganancias− señala una profunda transformación económica y política del propio modelo centenario del Petro-estado venezolano. El país y su soberanía se encuentran en una encrucijada, ante un modelo petrolero agotado desde hace décadas, pero que simultáneamente está siendo desmantelado en el marco de una profunda y larga crisis política interna, y la intervención estadounidense que se afinca en Venezuela desde el 3 de enero de 2026.
Este artículo intenta abordar de manera sucinta esta reforma de ley –que abreviaré como RLH−, no solo observando los cambios normativos sino también poniendo de relieve otras dimensiones que están en juego, como la política, la ambiental, la económica y la humanitaria. Presento unos breves antecedentes para luego examinar las principales modificaciones que sufrió la ley, y cerrar analizando cuatro de las más importantes implicaciones y significados de este proceso.
I. ANTECEDENTES
Hay dos factores que deben ser examinados para comprender los antecedentes en los cuales se inscribe la RLH.
I.I Primer factor: la nueva Apertura Petrolera del chavismo de los años anteriores
Ciertamente, la reforma aprobada rápidamente y publicada en Gaceta Oficial No. 6.978[1] se da en el contexto de la intervención militar estadounidense, pero de ninguna manera puede interpretarse como una ruptura con un previo nacionalismo energético.
Al contrario, el gobierno de Maduro, al menos desde 2018, había iniciado un fuerte aunque heterodoxo proceso de neoliberalización de la economía, que incluyó a la industria petrolera. Incluso desde 2016 se promovía un ‘régimen especial de inversiones’ que buscaba dar mayores facilidades e incentivos a inversionistas extranjeros, y debe recordarse el decreto de exoneración del emblemático impuesto sobre la renta a los enriquecimientos provenientes de las actividades petroleras para el capital transnacional, de 2018. Estas lógicas se fueron intensificando en el marco del Programa de Recuperación y Prosperidad Económica (2018), la significativa ‘Ley Antibloqueo’ (2020) o la Ley de Zonas Económicas Especiales (2022), junto a otras medidas de liberalización económica.
Ante los pésimos resultados de los rígidos controles de toda la economía; las urgentes necesidades de incrementar los ingresos de una industria cada vez más destruida; y los impactos de las sanciones internacionales –principalmente las de 2019 que afectaban directamente al petróleo−; el gobierno impulsaba un giro aperturista y pragmático, y no solo fue invitando a todas las empresas a invertir en Venezuela –especialmente a inversores de EEUU[2]−, sino también procuraba que las condiciones para estas fuesen las más propicias. En este marco, la Ley de Hidrocarburos estaba en la mira de varios grupos desde hacía algunos años, dado que estorbaba normativamente a estos cambios –lo que debía incluir la propuesta de una reforma a la Constitución, que Maduro planteara de manera incompleta en febrero de 2025[3].
En los hechos, el enfoque entreguista del petróleo no hizo sino agudizarse, lo que se evidenció de manera emblemática con la figura de los ‘Contratos de Participación Productiva’ (CPP) amparados en la Ley Antibloqueo –que daba enormes atribuciones a los privados minoritarios en las Empresas Mixtas−, y sobre todo, con la Licencia LG41 de la OFAC (noviembre 2022), que permitía a Chevron reiniciar sus actividades en Venezuela. Esta licencia ha sido catalogada como un “modelo” de negocios[4] que daba cuenta del formato de extraordinarias concesiones y facilidades a las corporaciones que comenzaba a predominar en el país desde entonces. En la LG41 se autorizaba a la corporación estadounidense la gestión directa de las actividades primarias y la administración de las Empresas Mixtas, incluyendo la producción y comercialización del petróleo extraído; se prohibía que esta cancelara al Estado regalías e impuestos; y se vetaba que empresas iraníes y rusas pudieran ser proveedoras de las empresas mixtas. Esto no solo violaba la Ley de Hidrocarburos de entonces y la Constitución, sino que también consolidaba formas claras de injerencia sobre la soberanía del país.
Esta licencia, así como las pautas comerciales que en lo fáctico existían con China en la Faja Petrolífera del Orinoco –donde una gran parte del crudo y las ganancias se las quedan los chinos (debido a los significativos envíos para el pago de la deuda, los descuentos y los costos de intermediarios) y estos poseían el control logístico y operativo de la explotación[5]−, revelan que ya se estaba destrozando la histórica figura del nacionalismo energético. Como veremos en la siguiente sección, las pautas de la LG41 se terminarían de confirmar y consagrar con la RLH, por lo que, en este sentido, se evidencian elementos de continuidad entre los gobiernos de Maduro y el tutelado gobierno de Delcy Rodríguez. Si pudiese hablarse de una capitulación de la soberanía energética de Venezuela, esta comenzó antes de la invasión y la reforma de la ley.
Maduro no le negó el petróleo a los EEUU, muy al contrario, le ofreció facilidades. Más bien fueron las sanciones estadounidenses el principal factor que interfirió en este flujo energético de sur a norte. Pero el punto sobre el que Maduro no estaba dispuesto a negociar era el de su salida del poder. Estos elementos de continuidad mencionados deben ser subrayados como otro factor en juego en la perduración del régimen chavista post 3-E.
I.II Segundo factor: autoritarismo y total irrespeto a la ley
El deterioro de la democracia en Venezuela vivió un aceleramiento al menos desde 2017, con la creación de la ‘plenipotenciaria’ Asamblea Nacional Constituyente. Son muchos los pasos que paulatinamente se dieron hacia la consolidación de un régimen autoritario[6], que probablemente vio su punto más alto con el fraude electoral del 28 de julio de 2024 y la intensificación, como nunca, de la represión social, así como la instalación de un terrorismo de Estado[7]. En este marco, las leyes fundamentales de la República y la propia Constitución nacional quedaron como letra muerta, y las instituciones, que en teoría velan y garantizan su aplicabilidad, fueron significativamente degradadas. En cambio, otras leyes como la Ley Antibloqueo de 2020, se establecieron como excepcionalidades que consolidaron la discrecionalidad del gobierno chavista en el manejo de los activos del Estado y en el establecimiento de acuerdos con corporaciones extranjeras; así como el secreto y la inescrutabilidad de sus operaciones.
Dentro de esta lógica, las operaciones y acuerdos petroleros se fueron ajustando y moldeando a las circunstancias de la inoperabilidad de PDVSA y los efectos de las sanciones internacionales; así como a los intereses particulares del gobierno y las empresas, sin importar los cotos que ponían las leyes existentes. La mencionada Licencia LG41 concedida a Chevron se basó en negociaciones directas entre EEUU y el gobierno de Maduro, y se formalizó sin aprobación de la Asamblea Nacional. Los ajustes hechos con China en la Faja siguieron similar criterio de discrecionalidad y secretismo.
El gobierno de Maduro ejerció su poder desde una gobernabilidad neopatrimonial, dirigiendo el país como si fuese una hacienda personal. La validez y aplicabilidad real de las leyes y cuerpos normativos en Venezuela debe ser entendida dentro de este marco.
Entonces, ¿qué sentido tiene la RLH en este contexto?
Hacia lo interno, la reforma se concreta dentro de un entorno político que, después del 3-E, sigue siendo autoritario. La RLH de hecho viola la Constitución –que debe tener primacía por sobre toda otra ley−, en artículos como el 302 que reserva al Estado la actividad petrolera; el 307, dada la delegación discrecional de regalías e impuestos; el 150, al prescindirse de la aprobación parlamentaria para la celebración de contratos de interés público; o el 151, al contemplarse la resolución de controversias también en ámbitos internacionales; por mencionar ejemplos. Estos elementos dan cuenta de la nulidad normativa de dicha reforma por anticonstitucional.
Esto además se desarrolla dentro del poder tutelado que ejerce el gobierno de Trump sobre toda la administración de la industria petrolera venezolana, lo que desdibuja completamente no solo el cuerpo normativo del país, sino también la propia estructura concreta de la República y sus instituciones.
De manera que, las principales razones de ser de la RLH son dos: una, construir un marco de garantías, estabilidad jurídica y tranquilidad para la penetración masiva de capitales transnacionales en la industria; y dos, consolidar un marco jurídico que tenga sentido para un eventual nuevo régimen político subordinado, que además incruste y consolide estos cambios para las próximas décadas en el país.
II. LA REFORMA DE LA LEY DE HIDROCARBUROS DE ENERO 2026: 8 PUNTOS DESTACADOS

Apenas 26 días después de la extracción de Maduro y Cilia Flores se sancionó la RLH. Se habló de que fue nutrida por “consultas en todo el país”, “de más de 120 propuestas recibidas”, y se aprobaba por unanimidad, “en el nombre de Dios”, mientras que toda la llamada “Bancada de la Patria” se puso de pie a aplaudir dicha oficialización[8]. Dado que esto ha representado un hecho histórico para Venezuela, será siempre oportuno recordar los diputados (chavistas y de oposición) y ministros que dejaron sus nombres refrendando esta reforma.
La RLH ha terminado de formalizar el desmantelamiento del ‘proyecto bolivariano’, que entre sus pilares había reivindicado un nacionalismo energético contrapuesto al modelo neoliberal y desnacionalizador de la ‘Apertura Petrolera’, y que proyectaba la recuperación del Petro-estado, esta vez para construir un proyecto alternativo al capitalismo, el ‘Socialismo del Siglo XXI’. Lo llamativo es que este desmantelamiento haya sido desarrollado progresivamente desde adentro y desde hace años, dentro de una mutación del chavismo[9] que también fue potenciada por las sanciones internacionales. Hoy esta mutación se muestra ampliamente subordinada luego de la intervención estadounidense, con el poder militar y corporativo norteamericano dándole forma a la nueva ley.
¿En qué consiste específicamente esta reforma? ¿Qué escenarios nos abre? Menciono a continuación 8 puntos destacados:
- Lo primero que habría que decir es que, aunque se cataloga la reforma como ‘parcial’, se debe destacar que la misma ha sido realmente sustancial, modificando el perfil estatista y prevalente a lo nacional de la ley, para entonces abrirse a una amplísima participación y atribuciones privadas. Varios de los artículos fueron extendidos y se añadieron nuevas secciones.
- Es clave destacar que el Artículo 23 ha eliminado la exclusividad estatal total o mayoritaria en las actividades primarias del sector. Se reconocen a las empresas privadas como uno de los 3 tipos de actores que pueden participar en las mismas, junto al actor nacional y las Empresas Mixtas.
- Es cierto que en lo nominal y normativo, se resalta que la propiedad sobre los yacimientos los conserva la República (Artículo 40, y en el Artículo 3 que se mantuvo de la LH-2006). Sin embargo, la parte venezolana ha quedado muy afectada, vulnerada y desvirtuada como para ejercer una efectiva y real soberanía y rol de propietario sobre el petróleo y la actividad de explotación, lo que ya se había evidenciado con la instauración de la figura de los CPPs. De hecho, en la Disposición Transitoria TERCERA se subraya la continuación de la “plena validez y eficacia jurídica” de los CPPs y demás modelos contractuales suscritos con fundamento en la Ley Constitucional Antibloqueo.
- En línea con el punto anterior, se establece en la RLH la posibilidad de transferencia parcial o total de los derechos otorgados desde empresas nacionales a empresas privadas (Artículo 25). El Artículo 40, que fue incorporado como nuevo artículo, determina que se pueden suscribir contratos con empresas privadas para la ejecución de actividades primarias, en los cuales estas podrán asumir la “gestión integral” del ejercicio de las actividades; es decir, todas las operaciones. El Artículo 36 (nuevo) Numeral 3 plantea que el Ministerio con competencia en materia de hidrocarburos podrá autorizar al accionista privado minoritario a que ejerza la gestión técnica y operativa de la empresa mixta. El Artículo 42 (nuevo) contempla que las empresas de la República y sus filiales podrán ceder a la empresa operadora el derecho de uso del área operacional y del área delimitada. Todo esto es muy significativo, no solo por el extraordinario aumento de las atribuciones de las empresas privadas, sino por la considerable reducción del rol y peso de Petróleos de Venezuela S.A., mucho más en este contexto de vulnerabilidad institucional y nacional.
- Esto no queda así: el Artículo 41 (nuevo) contempla que las empresas operadoras pueden ser retribuidas con una participación porcentual sobre los volúmenes de hidrocarburos fiscalizados, que serían comercializados directamente por la empresa operadora. El Artículo 68 asume que el Ministerio competente puede autorizar a empresas privadas a comercializar directamente la totalidad o una cuota de los volúmenes de hidrocarburos naturales producidos en el área asignada. En el Artículo 36 Numeral 1 también se autoriza a que el accionista privado minoritario pueda comercializar toda o una parte de la producción de la Empresa Mixta. Y en el Artículo 42 (nuevo), al recibir la empresa operadora los derechos de uso del área operacional, podrá pagar con petróleo como contraprestación a las empresas de la República. A su vez, en el Artículo 36 Numeral 2 se autoriza a dicho accionista privado a abrir y gestionar cuentas bancarias en cualquier moneda y jurisdicción, para el uso y administración de los fondos. Todo esto revela que las atribuciones de los privados son mucho más amplias, incluyendo entonces el manejo y comercialización directa del recurso, y la autonomía para el manejo de sus finanzas.
- Otro elemento significativo tiene que ver con las posibilidades de bajar regalías e impuestos recabados de la actividad. Mientras en la Ley anterior se fijaba la regalía al 30%, en la RLH este porcentaje es determinado por el Ministerio competente de acuerdo al tipo de proyecto, los requerimientos de inversiones de capital, la “economicidad” del proyecto y la competitividad internacional (Artículo 51). Aunque la ley previa reconocía la posibilidad de que, por consideraciones económicas en campos maduros o en la Faja del Orinoco, se pudiese rebajar la regalía hasta el 20%, en la actual RLH esa cifra queda abierta y a discreción del ministerio. El Artículo 58 (nuevo) propone esta misma flexibilización y criterios para la reducción del Impuesto sobre la Renta, que estuvo establecido antes de la reforma en 50%. En el Artículo 26 se establece que, si cambios legales, fiscales, regulatorios o contractuales que se produjeran posterior a la celebración de contratos, afectan negativamente la ‘economía del proyecto’, el Ministerio podrá ejecutar ajustes en regalías, tributos, tarifas, plazos, condiciones económicas o mecanismos de compensación, para ‘reestablecer la posición económica’ previa de la empresa operadora. Es importante apuntar que, fácticamente hablando, la “economicidad” a la que se hace referencia no solo está vinculada a la viabilidad de un proyecto determinado sino también a las exigencias de los márgenes de ganancias que las empresas privadas consideran ideales. Adicionalmente, el Artículo 55 elimina los varios impuestos estipulados en la ley anterior (superficiales, de extracción, de consumo y de registro de exportación, antiguo Art. 48) y crea el ‘Impuesto Integrado de Hidrocarburos’, simplificando la carga fiscal. La alícuota del mismo no puede exceder el 15% y la determina el Ministerio en competencia (Artículo 56). Y el Artículo 59 exonera a las empresas de una lista de otros impuestos y contribuciones –como el Impuesto a los Grandes Patrimonios o Contribuciones en áreas sociales.
- Por último, el Artículo 34 elimina el requerimiento de aprobación de la Asamblea Nacional para la constitución de las Empresas Mixtas y las condiciones que regirán la realización de las actividades primarias. Ahora esta solo deberá ser ‘notificada’; las decisiones y autorizaciones pasan fundamentalmente por el Ejecutivo. Por otro lado, en el Artículo 8 (nuevo), ante dudas y controversias, se contemplan también mecanismos alternativos de resolución de las mismas, incluyendo mediación y arbitraje, que podrían ser internacionales.
- Se recuerda que fueron derogadas la Ley de Regularización de la Participación Privada en las Actividades Primarias Previstas en el Decreto N° 1.510 con Fuerza de Ley Orgánica de Hidrocarburos (2006); la Ley Orgánica que reserva al Estado Bienes y Servicios Conexos a las Actividades Primarias de Hidrocarburos (2009); la Ley que crea la Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos (2013); o el Decreto N° 5.200, Ley de Migración a Empresas Mixtas de los Convenios de Asociación de la Faja Petrolífera del Orinoco y Convenios de Exploración a Riesgo y Ganancias Compartidas (2007); entre otros.
III. TENDENCIAS, SIGNIFICADOS E IMPLICACIONES DE LAS TRANSFORMACIONES DEL RÉGIMEN PETROLERO
Dado que estas transformaciones todavía en curso trastocan la propia morfología del histórico modelo petrolero, habría múltiples implicaciones que examinar. Para este artículo voy a destacar específicamente 4 de ellas: la emergencia de un Petro-estado vasallo; la formación de una economía de enclave y la perpetuación del extractivismo petrolero; la merma económica que sostiene al Estado y sus consecuencias en la sociedad; y la peligrosa invisibilización de la crisis ecológica/climática.
III.I Emerge un Petro-estado vasallo
¿Qué es hoy el Estado venezolano, si ha dejado de ser aquel Petro-estado que otrora lograba una gran centralización del poder y la economía, un nivel considerable de captura de renta, y una relativa influencia internacional –desde la creación de la OPEP en los 60s, hasta las propuestas de integración regional de Chávez?
Como puede esperarse, el petróleo no dejará de ser un recurso importante para Venezuela. Mientras existan reservas de tales magnitudes, una gran debilidad de los otros sectores económicos, y un contexto global de guerra por los recursos y la energía, es probable que sigamos teniendo un Petro-estado, que base la mayoría de sus ingresos en los crudos. Lo que cambia es la nueva figura de vasallaje que adquiere.
¿Cuánto podría durar este régimen de sometimiento?
Dentro de la lógica de la llamada ‘Doctrina Donroe’, el gobierno estadounidense tratará de mantener el máximo doblegamiento del Estado venezolano, mucho más si sus objetivos geopolíticos en otros continentes no se completaran. Por otra parte, si el régimen chavista logra acomodarse en esta fórmula y le ofrece una relación ventajosa a EEUU, esto podría posibilitar una extensión del mismo en el tiempo.
Para romper este vasallaje Venezuela requeriría, por un lado, lograr suficiente aglutinamiento de fuerzas nacionales/nacionalistas que puedan contraponerse al poder norteamericano; por otro lado, recuperar en la medida de lo posible capacidades materiales en lo institucional, lo económico y lo militar, con lo cual sostener una mínima posición soberana. Sin embargo, tal recuperación no parece factible en el corto plazo, mientras que ha prevalecido la fragmentación, incluso en las fuerzas chavistas. En todo caso, estos escenarios no están exentos de contradicciones, sea por la popularidad en bajada de Trump en EEUU, o por potenciales quiebres internos en Venezuela, con levantamientos o confrontaciones que podrían generar complejos conflictos nacionales.
Todo este marco ha generado un desafío histórico a las nociones de soberanía que se han construido en el país desde hace décadas, sino siglos. Dicho desafío interpela también a América Latina y el Caribe, que ve lo ocurrido en Venezuela como un proceso de agresiva re-colonización que tiene espectro regional. ¿Qué es hoy eso que llamamos soberanía?
III.II Economía de enclave y perpetuación del extractivismo petrolero
La destrucción del modelo tradicional de economía petrolera venezolana, ante la evolución de la apertura petrolera chavista, la RLH y el ya instalado sometimiento estadounidense –que controla toda la cadena de operaciones, comercialización y administración de la industria hidrocarburífera nacional−, nos están dejando ante la formación de una especie de economía de enclave.
Las economías de enclave fueron estudiadas por la teoría de la dependencia para indicar un “estilo de desarrollo” que se dio en varios países latinoamericanos entre el último cuarto del siglo XIX y primero del XX, y que remitía a la actividad de extracción de recursos que terminaba desvinculada del conjunto de la economía nacional, ya que estaba controlada directamente desde afuera[10]. Esto implicaba la organización de territorios como simples surtidores de recursos (o fuerza de trabajo) para el mercado global, con actividades extractivas que tenían escasa conexión con las poblaciones locales y rentas que se transferían hacia fuera de la jurisdicción.
Como vemos, esto nuevamente hace referencia a formatos de un pasado lejano. La Venezuela que hemos conocido en el último centenar de años puede terminar de quedar desdibujada y fragmentada, ahora marcada por la proliferación de territorios de expolio con altos niveles de desconexión con la economía nacional. Como si el país se definiese fundamentalmente por ser un conjunto de campos petroleros y minas.
Esto además perpetúa, por enésima, vez el extractivismo petrolero en Venezuela, bloqueando seriamente las posibilidades de llevar al país por otros caminos, ante una historia de dependencia, rentismo, corrupción y grandes daños ambientales que está ineludiblemente vinculada a este modelo societal. La discusión nacional predominante luego del 3-E evidencia las corrientes de siempre, que ven esto como una ‘oportunidad’ para volver a hacer crecer la producción petrolera y gasífera. Lo ha dicho, por ejemplo, el exministro de petróleo chavista Rafael Ramírez[11], el exministro de Energía (oposición) Humberto Calderón Berti[12], lo plantean como consenso la vasta mayoría de los economistas[13]; Delcy Rodríguez afirmó que Venezuela debe convertirse “en una verdadera potencia productora de petróleo y de gas”[14], y María Corina Machado propuso en el CERAWEEK 2026 una meta nacional de cinco millones de barriles diarios[15]. Algunas voces minoritarias, en cambio, han reclamado el entreguismo petrolero[16]; mientras que la discusión sobre ‘transición energética’ es minúscula. Pero lo que resalta es una gran ausencia de cuestionamientos al propio modelo que se ha revelado insostenible nacional y globalmente. Se replican nuevamente estos vacíos históricos en la discusión, junto a las condiciones tan adversas para pensar alternativas del post 3-E.
Sin embargo, se deben subrayar algunas contradicciones existentes en este horizonte de expansión petrolera anunciado por varios. La destrucción que ha sufrido la industria y la recuperación de numerosos pozos abandonados implica enormes inversiones que han sido estimadas entre 100.000 a 180.000 millones US$ para volver a alcanzar un estimado aproximado de 2,5 millones de barriles diarios en los próximos 10-15 años[17] −si todo sale bien. Por otro lado, el enorme grueso de las reservas por desarrollar son crudos pesados y extrapesados con costos de producción elevados –que requieren precios altos para sostener las inversiones− mientras que los crudos convencionales suelen estar en fases de declive con costes que también se han incrementado. Si bien se puede aumentar la producción desde Campos como Boscán (convencional) en el Lago de Maracaibo y desde la capacidad ya instalada en la Faja del Orinoco, en otros casos es más complicado y costoso –como iniciar de cero explotaciones en la Faja−, y pocos inversionistas pueden verse realmente atraídos.
III.III Petro-estado sin renta ni patrimonio: ¿cómo se sostiene el país que hemos conocido?
Pulverizada la estructura de captura de regalías e impuestos, y la propia capacidad de gestión de los bienes públicos por parte del Estado a través de PDVSA, se pone en jaque el propio sostenimiento de las capacidades de funcionamiento estatal. Se debe recordar que Venezuela aún depende entre un 80-90% de los ingresos petroleros y, como he mencionado, el resto de los sectores económicos están lejos de poder ofrecer un sustento similar a las arcas del Estado. ¿Cómo puede recuperarse y sostenerse entonces un modelo de sociedad que fue moldeado por décadas en torno a la renta petrolera?
Estos cambios tendrán un impacto cuádruple en la sociedad venezolana, que se suma al desastre que ya había instalado previamente el régimen chavista. Primero, las capacidades mermadas de funcionamiento del Estado se reflejan tanto en la precarización operativa de las instituciones fundamentales, como de la provisión básica que el mismo ofrece a la sociedad, lo que desintegra muy buena parte de los canales de asistencia social. La merma económica del Estado también incrementa sus niveles de fragilidad existentes ante los poderes internacionales y favorece la continuidad de un régimen neopatrimonial.
Segundo, el declive del sustento estatal a su vez vulnera su capacidad de gobernabilidad, incluyendo su presencia y poder en territorios más periféricos, donde además han proliferado grupos criminales e irregulares.
Tercero, y en consecuencia de los dos impactos anteriores, los vacíos en las funciones institucionales, de provisión y gobernabilidad estatal podrían terminar de ser cubiertos por el capital privado/transnacional. Esto representaría una privatización masiva de la sociedad venezolana, reduciendo dramáticamente el espectro de lo público. Esto puede también incluir un incremento de la presencia de fuerzas de seguridad privada[18], como se ve en África.
Cuarto y último, todo este proceso lo sufriría primordialmente la población venezolana, en especial el amplio sector más precarizado y el sector de trabajadores, campesinos e indígenas. En este marco se hacen extremadamente difíciles de realizar los derechos humanos y ambientales consagrados en la Constitución; lo que representa la continuación de una terrible situación humanitaria para el país, ahora bajo nuevas formas de gobernanza. Parece claro que un Petro-estado vasallo es incompatible con la democracia, y viceversa. Servicios públicos formalmente privatizados; nuevas facetas de regímenes laborales desregulados, sin respeto a los pasivos y sin mayores posibilidades de protección social; desatención absoluta de los sectores más vulnerables; autoritarismo, criminalización de la protesta y estados de excepción; entre otras expresiones.
III.IV La peligrosa invisibilización de la crisis ecológica/climática
La perpetuación petrolera en forma de un Estado vasallo, tiene también que ver con la intensificación de los múltiples impactos ambientales creados por este patrón energético –que se agravan con un eventual nuevo incremento de la producción−, ahora bajo un nuevo manto de gran impunidad legalizada.
En primer lugar, el gobierno de Maduro ya había pulverizado la institucionalidad y protección ambiental que quedaba en el país, poniéndola al servicio de un extractivismo depredador. A su vez, es bien sabido que el gobierno de Trump es enemigo público de la causa ambiental y climática. De manera que esta combinación es poco alentadora en el asunto –y pudiese agregarse que la opción de María Corina Machado tampoco está interesada en la defensa del ambiente.
El ámbito de favorecimiento del capital privado en las operaciones petroleras y la anulación de los contrapesos de PDVSA y las instituciones estatales que han quedado expresado en la RLH, dejan al ambiente prácticamente sin opciones. Derrames, incendios, accidentes, la permanente quema de gas en los mechurrios, continuarían desarrollándose con gran impunidad, con la perpetuación de zonas de sacrificio que no serán atendidas, para no afectar los sagrados márgenes de ganancia de las corporaciones petroleras. Prontuarios de corporaciones como Chevron, con grandes impactos ambientales en todo el mundo, como se ha dado en Ecuador, Angola, en el Delta del Niger o en la propia Venezuela[19], no encontrarían freno, en detrimento de comunidades locales, pescadores y pequeños agricultores que vienen sufriendo los embates de la actividad desde hace años, sin la consecución de justicia para estos.
En segundo lugar, EEUU, el mayor productor de hidrocarburos del mundo y principal responsable del cambio climático, con su impulso imperial continúa profundizando el modelo energético y extractivo que nos ha llevado a la dramática situación de crisis climática global que nos encontramos. El imperativo hidrocarburífero incontestable de Trump –drill baby drill− se proyecta en Venezuela, en sus reformas legislativas, en su régimen petrolero, haciendo de nuestro país un contribuidor privilegiado del antropoceno. Mientras la crisis exige desescalar muy buena parte de la quema de combustibles fósiles –como incluso lo ha señalado la Agencia Internacional de Energía−, Venezuela se abre en facilidades para re-escalar.
Es el camino absolutamente opuesto que debería tomar el país, pero muy pocos están hablando de ambiente y crisis climática. La Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales de Venezuela presentó su Segundo Reporte Académico de Cambio Climático 2025 a fines de ese año[20], donde se refirió a las grandes amenazas que para nuestra nación representará la agudización de este fenómeno, con impactos en los sistemas alimentarios, peligrosos problemas de acceso al agua, deslaves y sequías extremas, proliferación de enfermedades, entre otras. Además, ha mencionado lo escasamente preparada que está Venezuela, a lo que hay que agregar la indolencia de los actores políticos ante el problema.
Independientemente de las condiciones políticas adversas que enfrentamos, estos son temas ineludibles.
IV. CONCLUSIONES Y ALTERNATIVAS
El análisis muestra que, antes que una reforma petrolera que nos va a abrir a “oportunidades de crecimiento y desarrollo”, como se escucha en numerosas voces que presentan evaluaciones muy limitadas y poco críticas, estas transformaciones están apuntando a muy preocupantes tendencias que socavan las posibilidades de sostener las propias estructuras del proyecto republicano venezolano y no abordan las múltiples dimensiones de la larga crisis nacional.
Se reconoce la imperiosa necesidad que ha tenido Venezuela de llevar adelante un cambio político y abrir caminos para el retorno a la democracia; sin embargo, las opciones que se están presentando luego de la extracción de Maduro requieren también una interpretación crítica, una visión de más profundidad, y un mayor involucramiento de la sociedad que contribuya a darle un sentido social, nacional y democrático a este confuso e incierto período de potencial transición.
Si se asume la Constitución venezolana como el contrato colectivo que rige el país, se deben incrementar las exigencias para un regreso a la vía electoral y a los procedimientos democráticos, a la vez que se rechace la injerencia extranjera en las decisiones fundamentales del país.
Se reconoce también que el escenario ante el cual está Venezuela es de grandes complicaciones y complejidad, donde además están confluyendo la larga crisis nacional, la agresividad geopolítica estadounidense y la crisis civilizatoria global. Precisamente por este contexto, urge audacia política y la búsqueda de nuevos referentes y paradigmas.
Para poder recuperar una fuerza nacional que pueda afrontar tamaños retos, se requiere un proceso político y social que favorezca una confluencia amplia de grupos y sectores nacionalistas; y que dicha confluencia pueda aglutinarse en torno a un proyecto que ofrezca una agenda de recuperación y transformación económica, política, energética y ambiental con enfoque social y de sostenibilidad.
Para tal proyecto, se deben promover espacios amplios de discusión e intercambio de la sociedad venezolana, que está ávida de cambios y democracia. En estos espacios es necesario proponer reflexiones y cuestionamientos sobre el rol del petróleo en el futuro del país; cómo abordar las urgentes tareas de la transición energética y la crisis climática; y de qué formas se pueden fortalecer iniciativas que procuren una diversificación económica que, además, sea lo más inclusiva posible.
Pensar una Venezuela más allá del petróleo es urgente; retornar sobre los tortuosos caminos andados será una vuelta al abismo.
[1] Disponible aquí: http://www.gacetaoficial.gob.ve/gacetas/6978
[2] Véase por ejemplo: AFP (2021) Maduro invita a Venezuela a la inversión petrolera de EEUU y ofrece vender gas a México. https://www.youtube.com/watch?v=R67Qa2zIQqE&t=3s; Swiss Info (2024) Maduro invita a empresarios extranjeros a invertir en sector petrolero de Venezuela. https://www.swissinfo.ch/spa/maduro-invita-a-empresarios-extranjeros-a-invertir-en-sector-petrolero-de-venezuela/82027475
[3] Reuters (2025) Maduro presenta a Parlamento venezolano propuesta de reforma constitucional. https://www.reuters.com/latam/domestico/S6QTJJIRIZN2HJ6DEC7WUPZ24E-2025-02-16/
[4] Márquez-Marín, Gustavo. Mendoza-Potellá, Carlos. Millán-Campos, Oly (2023) Consenso de élites para ceder la soberanía petrolera. Contrato PDVSA-Chevron Inició Nueva Apertura Petrolera. https://www.aporrea.org/energia/a320133.html
[5] PDVSA Ad Hoc (2025) Cómo China utilizó su estrategia de la “Ruta de la Seda” para fortalecer su posición en la industria petrolera venezolana. https://pdvsa-adhoc.com/en/2025/10/how-china-used-its-silk-road-strategy-to-strengthen-its-position-in-the-venezuelan-oil-industry/; George, Libby (2026) How much does Venezuela owe China, and why is oil involved? https://www.reuters.com/business/energy/how-much-does-venezuela-owe-china-why-is-oil-involved-2026-01-23/
[6] Teran-Mantovani, Emiliano (2022) Las metamorfosis del progresismo: neoliberalización y derechización del proceso bolivariano en La Gran Crisis venezolana (2013-2020), en: Schavelzon, S. López, P. Ivanovic, M. Derivas y dilemas de los progresismos sudamericanos. Red Editorial, 217-261.
[7] Cese el Terrorismo de Estado en Venezuela. Respeto a la voluntad del pueblo venezolano (2024) https://muflven.org/wp-content/uploads/2024/08/CESE-EL-TERRORISMO-DE-ESTADO-EN-VENEZUELA-AGO-2024-2.pdf. RFI (2025) Venezuela: La creciente persecución política ‘genera un clima de temor’, alertan expertos de la ONU. https://www.rfi.fr/es/am%C3%A9ricas/20250923-venezuela-la-creciente-persecuci%C3%B3n-pol%C3%ADtica-genera-un-clima-de-temor-alertan-expertos-de-la-onu
[8] Telesur (2026) AN de Venezuela aprueba por unanimidad reforma a la Ley de Hidrocarburos. https://www.youtube.com/watch?v=mm2V8Ku8xjU
[9] Teran-Mantovani, Emiliano (2022) Las metamorfosis del progresismo: neoliberalización y derechización del proceso bolivariano en La Gran Crisis venezolana (2013-2020), en: Schavelzon, S. López, P. Ivanovic, M. Derivas y dilemas de los progresismos sudamericanos. Red Editorial, 217-261.
[10] Cardoso, Fernando Henrique. Faletto, Enzo (1979) Dependencia y desarrollo en América Latina. México: Siglo XXI.
[11] Rudich, Wanda. Morchón, Núria (2026) Venezuela tiene capacidad para triplicar su producción petrolera, según exministro Ramírez. https://www.swissinfo.ch/spa/venezuela-tiene-capacidad-para-triplicar-su-producci%C3%B3n-petrolera%2C-seg%C3%BAn-exministro-ram%C3%ADrez/90773773
[12] Analítica (2026) Entrevista Analítica: Humberto Calderón Berti ¿Qué pasará en la industria petrolera en Venezuela? https://www.youtube.com/watch?v=RjLhBplX378&t=1211s
[13] Martin, Nik (2026) Industria petrolera venezolana: esperanzas de recuperación. https://www.dw.com/es/industria-petrolera-venezolana-esperanzas-de-recuperaci%C3%B3n/a-75899950
[14] Periódico de la Energía (2026) Delcy Rodríguez dice que Venezuela debe convertirse en «potencia productora» de petróleo. https://elperiodicodelaenergia.com/delcy-rodriguez-dice-que-venezuela-debe-convertirse-en-potencia-productora-de-petroleo/
[15] Clarembaux, Patricia (2026) La apuesta petrolera de María Corina Machado: seguridad y transparencia para atraer inversionistas a Venezuela. https://elpais.com/us/2026-03-25/la-apuesta-petrolera-de-maria-corina-machado-seguridad-y-transparencia-para-atraer-inversionistas-a-venezuela.html
[16] D’León, Milton (2026) Petróleo bajo tutela imperial. Venezuela: la reforma de la Ley de Hidrocarburos al ritmo de Trump y las transnacionales petroleras. https://www.laizquierdadiario.com/Venezuela-la-reforma-de-la-Ley-de-Hidrocarburos-al-ritmo-de-Trump-y-las-transnacionales-petroleras; Cátedra Libre Marcelo Quiroga Santa Cruz (2026) Reforma a la Ley de Hidrocarburos: imperialismo y los nuevos escenarios de la soberanía en Venezuela. https://www.youtube.com/watch?v=8IBT-EWVAX4&t=954s
[17] Ambrose, Jillian. Gayle, Damien (2026) High costs, falling returns: what could go wrong for Trump’s Venezuela oil gamble? https://www.theguardian.com/business/2026/jan/09/high-costs-falling-returns-trump-venezuela-oil-gamble; Escobar, Krysta (2026) Can Venezuela get back to producing 3 million barrels of crude oil a day? https://www.cnbc.com/2026/01/28/venezuela-crude-oil-production-investment.html; Liu, Tai (2026) Venezuela’s Oil Renaissance Faces Several High Hurdles. https://about.bnef.com/insights/commodities/venezuelas-oil-renaissance-faces-several-high-hurdles/
[18] Le Grand Continent (2025) Erik Prince: el Condotiero neorreaccionario del Imperio Trump. https://legrandcontinent.eu/es/2025/12/23/erik-prince-el-condotiero-neorreaccionario-del-imperio-trump/
[19] Criticism of Chevron. https://en.wikipedia.org/wiki/Criticism_of_Chevron
[20] Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales de Venezuela (2025) Segundo Reporte Académico de Cambio Climático (DRACC) 2025. https://www.youtube.com/watch?v=shNjagg94-E&t=5693s